A partir del 1 de agosto, entrará en vigencia en Chile la Ley Karin (Ley 21.643), que trae importantes cambios en la regulación del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Esta normativa modifica el Código del Trabajo y establece nuevas sanciones.
La antigua ley (20.607) definía el acoso laboral como conductas reiteradas de agresión u hostigamiento. La nueva Ley Karin amplía esta definición, permitiendo que una única acción de acoso sea suficiente para ser denunciada. También extiende la protección a relaciones entre compañeros de trabajo, no solo entre jefe y subordinado.
Las principales modificaciones incluyen la eliminación de la necesidad de repetición en las conductas de hostigamiento, la introducción del concepto de violencia laboral, la implementación de protocolos para prevenir el acoso y la mejora en los procesos de investigación y sanción del acoso sexual.
La nueva Ley establece 18 conductas que serán considerados como delito:
Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona.
Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
Asignar tareas degradantes a un trabajador.
Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
No establecer comunicación directamente con un trabajador.
Tratar a un trabajador como si no existiera.
Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
Realizar terrorismo telefónico.
Dejar en ridículo a un trabajador.
Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.
Burlarse de la vida privada de un trabajador.
La Ley Karin busca crear un ambiente laboral más seguro y respetuoso. Empleadores y empleados deben conocer y cumplir estas nuevas regulaciones para promover un entorno de trabajo saludable. Para más información, consulte el sitio web del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile.
El jueves 27 de junio, los cinco sindicatos del distrito de Minera Candelaria entregaron una carta al presidente de la Compañía, Luis Sánchez, solicitando el decreto exento N°3310 del 13 de noviembre de 2023 emanado desde el ministerio del interior en el cual el Estado declara a varias Empresas mineras como “Empresas estratégicas para el Estado”, entre ellas a minera Candelaria y minera Ojos del Salado. Esta solicitud fue con el objeto de conocer en su integridad los alcances del decreto y las implicancias que podría acarrear para los trabajadores de las empresas mineras así declaradas.
Esta carta fue respondida el viernes 28 de junio, en ella la administración de la compañía señaló que se habían realizado las gestiones ante los tribunales de justicia para dejar sin efecto el decreto sobre mineras Candelaria y Ojos del Salado. Resultado de estas gestiones, ambas compañías no serán consideradas dentro del listado de empresas estratégicas para el Estado. Cabe recordar que en el artículo 362 del código del trabajo aparece la definición de empresa estratégica para el estado de Chile.
Al respecto, el presidente del Sindicato de Supervisores de LMC, Jimmy Cepeda Paredes, enfatiza: “Nuestra solicitud de conocer en extenso el decreto, es para conocer como dirigentes sindicales todas las implicancias que podría tener para nuestra gestión el que ambas mineras cayeran en este listado de Empresas estratégicas, ya que por una parte la Compañía se vería obligada a contratar guardias que porten armas, con todos los riesgos para la integridad de los trabajadores que esto implicaría. Además como trabajadores podríamos ver coartados nuestro derecho a huelga, con lo cual perderíamos uno de los pocos medios de coerción que la legislación aún nos mantiene y en caso de como dirigentes pudiésemos tomar otras medidas para el logro de nuestros objetivos, podríamos vernos sometidos a todo el peso de la ley”.
Si bien con la respuesta recibida, los sindicatos quedaron satisfechos con la gestión realizada ante tribunales. Ahora, los dirigentes sindicales planean acudir a otras instancias para comprender mejor las intenciones del Gobierno al declarar a las mineras como Empresas estratégicas, esto con la finalidad de conocer a cabalidad lo que implica este tipo de imposición y como de facto nos afectaría en los procesos de negociación colectiva futuros, en especial cuando esto se realiza entre gallos y media noche y tiene carácter de reservado, ya que el documento no es de dominio público.
Lo principal fue que los 5 sindicatos, que representan a casi 1.700 trabajadores, lograron por primera vez reunirse para tratar temas en común y generar una instancia de unión con miras a futuro.
Una de las conclusiones más importantes surgidas de la Primera Asamblea Nacional de Fesumin, fue realizar una declaración de principios respecto a la Ley Karin y enviarla a las Áreas de Recursos Humanos de cada una de las Compañías mineras de los nueve sindicatos base de la Federación.
Al respecto, la Directora de Equidad de Género de Fesumin, y también Presidenta del Sindicato de Supervisores de Candelaria, señaló que “ Al compartir las vivencias que tenemos en los sindicatos base, presentar nuestras inquietudes, nuestras dudas y nuestros casos, nos damos cuenta, una vez más, que en definitiva no son muy distintas las formas de proceder de las jefaturas y de direcciones de una faena en otra”
“Lo anterior nos llevó también a poder concluir que necesitamos capacitación desde el punto de vista legislativo, que necesitamos lineamientos para poder trabajar todos los sindicatos en lo individual en la gestión, pero alineados con un propósito. Y además se originó una declaración de principios con respecto a la entrada en vigencia de la ley Karin”, complementa.
“La ley Karin viene a resguardar eventos de maltrato, acoso laboral y sexual hacia los trabajadores. Y nosotros vamos a procurar que exista no solo el cumplimiento de la ley, sino también el cambio cultural que implica la vigencia de esta ley. Porque debemos crecer en lo productivo en las empresas mineras, pero también en la gestión. Y también en el respeto. Somos todos personas y nos debemos al menos el respeto, la consideración y la valorización”, afirma.
Bordones asegura que “esta carta de declaración que hicimos fue para ser enviada a todas y cada una de las Direcciones de Recursos Humanos para que conozcan la nuestra misión y nuestra visión que vamos a tener con la entrada en vigencia de esta ley. Y además para crear en la interna una línea base de control, una línea base de cómo vamos a actuar y reaccionar bajo declaraciones o denuncias de nuestro asociado”, finaliza.
El reloj sigue avanzando y hoy nos guía hacia la luz y paz que significa la Navidad. Que el amor, el respeto, la paz y la preocupación por nuestro prójimo, sean la luz de esperanza que necesitamos y buscamos cada fin de año.
Desde nuestro sindicato, representado por sus dirigentes, queremos desear a cada socio y socia, una Feliz Navidad junto a sus familias, y que cada buen deseo de sus corazones se pueda cumplir y resplandecer en nuestras vidas.
Hoy es tiempo de reflexionar y como organización sindical expresar nuestro más sincero agradecimiento por todo lo construido de manera mancomunada. Creemos firmemente que sin la colaboración y apoyo de cada uno de ustedes, no habríamos alcanzado los logros que hasta hoy tenemos.