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La Dirección del Trabajo de Chile ha aclarado el sentido y el alcance de la Ley N°21.545, que otorga a los padres, madres o tutores legales de menores diagnosticados con Trastorno del Espectro Autista (TEA) el derecho de acudir a situaciones de emergencia en sus respectivos establecimientos educacionales sin sufrir descuentos de remuneraciones o riesgo de despido.

Esta decisión afecta a los trabajadores sujetos al Código del Trabajo, a los funcionarios de la Administración y a los empleados municipales. Desde el momento en que reciben la comunicación de una emergencia hasta que ésta se resuelva, estos trabajadores pueden ausentarse de sus puestos sin temor a represalias laborales.

La Dirección del Trabajo estableció que “el tiempo ocupado en dicha emergencia será considerado como trabajado para todos los efectos legales”. Además, especificó que la concurrencia del trabajador a la emergencia no podrá ser considerada como una salida intempestiva o injustificada, evitando así la terminación del contrato laboral sin derecho a indemnización.

El Director del Trabajo determinó que una ’emergencia’ debe ser interpretada “en su sentido natural y obvio”, refiriéndose a cualquier situación de peligro o desastre que requiera una acción inmediata. Este término se aplica a todas las situaciones en las que se amenace la integridad física o psíquica de un menor con TEA en su lugar de estudio, habilitando al trabajador a abandonar sus labores y acudir a dichas emergencias.

El beneficio es aplicable mientras el menor con TEA esté cursando su educación preescolar, básica o media, y siempre que se vea afectado por una emergencia que ponga en riesgo su integridad. El Director del Trabajo también precisó que no existe un lapso de tiempo predeterminado para estos efectos, sino que el permiso será válido desde el momento en que se reciba la notificación de la emergencia hasta que el menor supere la situación.

Finalmente, la Dirección del Trabajo recalcó la irrenunciabilidad del beneficio, en consonancia con el artículo 5 del Código del Trabajo, siempre y cuando se mantenga el contrato de trabajo. De esta forma, esta normativa busca favorecer no solo la conciliación entre trabajo y familia, sino también el resguardo de la integridad de los menores con TEA y su integración al sistema escolar.