El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua ha ordenado la reincorporación de un trabajador de Codelco Chile, División El Teniente, y ha impuesto una multa de casi 4 millones de pesos, determinando que su despido en octubre de 2021 fue una represalia por su actividad sindical.
El trabajador, que ingresó a la empresa en 2005 como Jefe de Turno en la Gerencia de Plantas, denunció trato desigual desde 2013, lo que lo llevó a presentar una queja formal por acoso laboral contra su jefe directo. En 2019, se repitieron situaciones similares cuando se le intentó responsabilizar por un accidente laboral ocurrido fuera de su turno, lo que llevó a un nuevo reclamo ante su sindicato. Finalmente, fue despedido en 2021 bajo la causal de “necesidades de la empresa”.
La parte querellante argumentó que las actividades sindicales, los reclamos contra las jefaturas y la edad de los trabajadores han sido utilizados como criterios para despidos en la División El Teniente de Codelco. “Se ha podido detectar un criterio sospechoso reiterado, como es el de perseguir la actividad sindical de trabajadores al interior de sus organizaciones sindicales”, señala la querella.
El Juzgado acogió la demanda “por haber sido ejecutado su despido en represalia de su actividad sindical”. Además de ordenar la reincorporación, el fallo dispone que Codelco deberá pagar todos los incentivos, gratificaciones, beneficios y remuneraciones que el trabajador dejó de recibir desde su despido, en un plazo de un mes.
Víctor Riesco, Director de Comunicaciones de Fesumin, expresó su preocupación respecto a las represalias contra dirigentes sindicales en las faenas mineras. “Siempre es un problema para las empresas tener dirigentes sindicales en las faenas mineras. Los trabajadores pueden acceder directamente a ellos y levantar situaciones que son complicadas para la empresa, especialmente cuando hay conflictos personales de por medio”, afirmó Riesco.
Riesco destacó que el ejemplo de la División El Teniente de Codelco es una ratificación de este problema. “Lamentablemente, en nuestro país abundan los conflictos personales que afectan el ámbito laboral. Es lamentable que existan este tipo de instancias y que los trabajadores se vean afectados por acciones de sus jefaturas en desmedro de ellos”, añadió.
Finalmente, Riesco subrayó la importancia de la sentencia. “La justicia ha prevalecido y, aunque sea una sentencia de primera instancia, se ha demostrado que existe una persecución utilizando el artículo de necesidades de la empresa”, concluyó.